El juez del Quinto Juzgado Constitucional de Lima ha declarado fundada la demanda de amparo presentada por Carlos Ruiz Huayllaccahua, expresidente de la ronda campesina ayacuchana de Ayahuanco, contra el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjus) y la Comisión Multisectorial de Alto Nivel (CMAN), con el patrocinio del Instituto de Defensa Legal (IDL) y el respaldo de la Defensoría del Pueblo. En su demanda, Ruiz exigía a las entidades el pago de una reparación económica a favor de Ruiz, por el asesinato de su madre, Constantina Huayllaccahua Vílchez.
Hasta entonces, el Minjus y la CMAN habían rehusado hacerlo, pues consideraban suficiente la reparación económica entregada a Ruiz en razón de la artrosis postraumática que padece, inscrita por el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis) como discapacidad permanente, como resultado de ataques sufridos por la organización terrorista Sendero Luminoso. Para esto, el Minjus se amparó en una interpretación restrictiva del artículo 44 de la Ley N° 28592, Ley del Plan Integral de Reparaciones.
No obstante, el juez ha señalado que corresponde indemnizar por segunda vez a Ruiz por haber sufrido dos afectaciones graves y diferenciadas en sus derechos humanos. Por un lado, la referida a la discapacidad permanente que padece y, por el otro, por el asesinato de su madre. De igual modo, el juez ha declarado el estado de cosas inconstitucionales con respecto a las todas las víctimas del conflicto armado interno (o sus familiares, en determinados casos) que hayan sufrido más de una afectación en sus derechos humanos. Según información de la Defensoría del Pueblo, estas son, además de Ruiz, otras 5,515 personas.
Esta figura, surgida en el derecho colombiano, permite que los efectos de esta sentencia no se agoten en Carlos Ruiz Huayllaccahua, sino que incidan también en cada una de las 5,516 personas que han sufrido más de una afectación en sus derechos humanos durante el conflicto armado. Así, el juez ha otorgado al Minjus y la CMAN el plazo de cuatro meses para indemnizar, de manera adecuada, a este universo de personas, cuyos derechos también vienen siendo lesionados.
Fuente: IDL – prensa