El Equipo Peruano de Antropología Forense (EPAF), institución de promoción y defensa de los derechos humanos, ante la absolución de 4 miembros de la Policía Nacional del Perú procesados por el Primer Juzgado Penal de Huancavelica (suboficiales PNP Kuncewitz Silva Marchan, Maricela Jáuregui Chacón y Abel Agustín Vargas Olivos, y coronel PNP Edward Marín Grandez) se pronuncia en el siguiente sentido:
1. En enero del presente año, advertimos públicamente que la Ley 30151, bajo el pretexto de facilitar el trabajo de los policías y militares, creaba un marco legal de impunidad para probables abusos de fuerza y violaciones de los derechos humanos cometidos por las fuerzas de seguridad.
2. Por lo tanto, condenamos la decisión del Primer Juzgado Penal de Huancavelica de absolver a los 4 efectivos de la PNP que se encontraban procesados por homicidio culposo y omisión ilegal de actos funcionales, en el marco de las protestas realizadas en Huancavelica en junio del 2011.
3. Consideramos que en una democracia deben prevalecer siempre el derecho a la vida y las libertades básicas, incluso bajo un clima de protesta social. Bajo la Ley 30151, estos derechos y libertades se ven menoscabados por las facultades discrecionales que esta norma otorga a las fuerzas de seguridad para usar sus armas reglamentarias.
4. EPAF defiende el derecho de los ciudadanos de cualquier país a manifestarse pacíficamente, y la obligación de los Estados de garantizar que el actuar de las fuerzas de seguridad se ajuste a los derechos humanos y a las normas y principios establecidos sobre el uso racional de la fuerza.
Por ello, EPAF ha resaltado hace pocos días la necesidad de que estos derechos, normas y principios sean respetados en la República Bolivariana de Venezuela. Sería una grave inconsecuencia de nuestra parte no exigir lo mismo en nuestro país.





20 feb 2014
Posted by epafperu 



